
El pasado 20 de marzo, se publicó en el BOC el Decreto 12/2017, de 9 de marzo, por el que se regulan las condiciones para obtener la autorización del uso de la Marca de Garantía “Alimentos de Cantabria”.
Esta Marca de Garantía busca la distinción en el mercado a los alimentos producidos, elaborados y transformados en Cantabria con el fin de:
- Facilitar a los consumidores la identificación de los productos alimentarios de Cantabriaa.
- Proteger los productos y empresas del sector.
- Potenciar el mercado agroalimentario de Cantabria y facilitar la entrada de estos productos en nuevos mercados.
En el Decreto 12/2017 establece las condiciones para obtener la autorización del uso de la marca de garantía "Alimentos de Cantabria” que, junto con su distintivo gráfico es titularidad de la Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA).
¿QUIEN PUEDE UTILIZAR LA MARCA DE GARANTÍA “ALIMENTOS DE CANTABRIA”?
La marca de garantía "Alimentos de Cantabria" podrá ser usada por:
1. Aquellos productos agroalimentarios destinados al consumo humano que hayan sido producidos, elaborados y transformados en Cantabria. Estos productos deben estar incluidos en alguna de las siguientes categorías:
a. Poseer alguna figura de calidad que ampare al producto para el que se solicita la autorización. Esto es, que el producto esté acogido a una Denominación Geográfica Protegida (DOP), Indicación Geográfica Protegida (IGP), Especialidad Tradicional Garantizada (ETG), Producción Ecológica, Vinos de la Tierra, Marca de Garantía de Calidad Controlada, Marcas Colectivas, Productos autorizados para el uso del logotipo “Raza Autóctona” o cualquier otro etiquetado facultativo (aquel amparado por un pliego de condiciones).
b. Los productos que no estén en la categoría anterior pero la empresa que los elabora tenga reconocimiento de empresa Artesana Alimentaria de Cantabria, también pueden solicitar el uso de la Marca de Garantía “Alimentos de Cantabria”.
c. Por último, podrían solicitar el uso de esta Marca de Garantia aquellas empresas que posean un Sistema de Gestión de Calidad certificado por ISO 9001, ISO 22000, IFS, BRC o cualquier otro estándar reconocido internacionalmente. En Testa somos especialistas en el asesoramiento y elaboración de Sistemas de Gestión de la Calidad y la Seguridad Alimentaria, por lo que si deseas obtener una certificación como las mencionadas, no dudes en consultarnos.
d. En el caso de las aguas minerales naturales y aguas de manantial pueden solicitar la Marca de Garantía aquellas reconocidas conforme a lo establecido en el Real Decreto 1798/2010
2. Los establecimientos de Hostelería y Comercio de alimentación también pueden solicitar el uso de la Marca de Garantía “Alimentos de Cantabria” siempre que tengan en vigor las autorizaciones pertinentes para su normal funcionamiento y compren o adquieran un compromiso de compra de productos amparados por esta marca de garantía superior a 3000 euros.
EVALUACIÓN Y VIGENCIA
Las personas autorizadas para el uso de la Marca de Garantía “Alimentos de Cantabria” se someterán a un sistema de evaluación por la Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA) con el fin de comprobar el cumplimiento de las exigencias establecidas en este Decreto. Esta evaluación se realizará antes de emitir la autorización de uso de la marca y periódicamente para comprobar el mantenimiento de los requisitos de la autorización.
La Marca de Garantía “Alimentos de Cantabria” tiene una vigencia de dos años, una vez finalizado ese plazo, se debe volver a solicitar.
OTRAS MARCAS DE GARANTÍA
Cantabria se une así a una larga lista de Comunidades Autónomas que como Madrid (M Producto Certificado), Castilla y León (Tierra de Sabor), Asturias (Alimentos del Paraíso Natural), Galicia (Galicia Calidade)… poseen una Marca de Garantía que certifica la pertenencia de esos alimentos a una región, aumenta su valor y les permite una mayor proyección en el marcado.
Si estas interesado en obtener una Marca de Garantía para tus productos, en Testa podemos ayudarte. No dudes en ponerte en contacto con los consultores de Testa.